No soy abogado, pero me interesa y
me atrae la naturaleza de esa profesión fundamentalmente por su inherente
lógica y su uso del lenguaje. Ayer conocí la demanda que dos abogados
venezolanos, profesores universitarios por lo demás, presentaron al Tribunal
Supremo legítimo (en el exilio) reclamando la inconstitucionalidad por omisión
legislativa por parte de la Asamblea Nacional en cuanto se refiere a la
aprobación de la solicitud de Venezuela para reintegrarse como miembro del
Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca TIAR.
Como era
de esperar, la demanda está en general muy bien escrita y es clara e
inteligible. Sin embargo, estudiándola con detenimiento y con referencia al
texto del TIAR, le encuentro serios defectos de argumentación que me hacen
criticarla e incluso rechazarla. Mi análisis parte por estudiar el texto de la
demanda propiamente, contrastando sus argumentos con lo que estipula el texto
del Tratado, para terminar discutiendo los aspectos políticos de haberla
redactado y presentado.
No
encuentro en ninguna disposición en la Carta Magna algo que permita calificar
de “omisión” la interrupción del proceso de aprobación del TIAR en la AN
después de la primera discusión. Primero, porque el concepto de omisión está
limitado constitucionalmente a incumplimientos de disposiciones precisamente
constitucionales y sabemos que reintegrarse al TIAR no es una de ellas. Por
otra parte, no hay ni en la Constitución ni en el reglamento interno de la
Asamblea ninguna norma que fije los tiempos para aprobar cualquier ley excepto
quizá el de 30 dias que se le fijan a la Comisión pertinente que actúa después
de la primera discusión. En ese sentido la Asamblea es totalmente soberana,
puede tomarse el tiempo que quiera para aprobar leyes, excepción hecha de las
que son exigidas taxativamente por la propia Constitución en las Disposiciones Transitorias.
El texto
de los demandantes da unos saltos argumentales que, en mi opinión, no pueden
admitirse en un documento jurídico formal. No es aceptable que inmediatamente después
de mencionar “como hecho público y notorio” el desastre chavista y la tragedia
venezolana en los puntos 3 y 4 del Sumario, se precipite el argumento diciendo
que “se ha[ce] indispensable la conformación de una coalición
de Fuerza Interamericana, a los fines de restituir la soberanía, la
independencia política, la paz y la normalidad democrática de Venezuela.” Eso es un non sequitur.
La opinión de los demandantes de que tal Fuerza es “indispensable” es muy discutible,
no es consensuada ni tiene fundamento factual ni legal. Ese tema es claramente político
y controversial. Los jueces no tendrían base para decidir porqué no es posible
demostrar que SOLO con fuerza militar se pueden resolver los problemas
mencionados en la demanda. Así que no se puede afirmar que la fuerza extranjera
es indispensable.
La demanda
tiene subyacente la creencia de los autores de que el TIAR es la solución. Claro,
solución para obtener la intervención militar que ellos consideran
indispensable. Sin embargo, no podrán evitar que los jueces del TSJ (en exilio)
y nosotros sus lectores leamos el texto del Tratado y quedemos sorprendidos de
que lejos de ser un instrumento para “conformar una coalición de Fuerza
Interamericana” está mas bien orientado a evitar soluciones militares. Los dos
primeros Artículos del Tratado dicen:
ARTICULO 1.°
Las Altas Partes Contratantes
condenan formalmente la guerra y se obligan en sus relaciones internacionales a
no recurrir a la amenaza ni al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible
con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas o del presente
Tratado.
ARTICULO 2.o
Como consecuencia del principio
formulado en el Artículo anterior, las Altas Partes Contratantes se comprometen
a someter toda controversia que surja entre ellas a los métodos de solución pacífica
y a tratar de resolverla entre sí, mediante los procedimientos vigentes en el
Sistema Interamericano, antes de referirla a la Asamblea General o al Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas.
Además,
la activación del TIAR se justifica cuando hay un ataque, o agresión contra un
país miembro del tratado en cuyo caso no es que los demás países salen de
inmediato a mandar sus fuerzas armadas a ayudar al agredido, no. Lo que harían es convocar al Órgano de
Consulta para evaluar la situación y agotar todas las medidas de negociación,
de diplomacia y demás carantoñas. En el caso de Venezuela no ha habido ninguna
agresión de un Estado a nuestro país así que eso no nos toca.
Los
demandantes evidentemente se dieron cuenta de eso por lo cual se refieren a una
disposición del Artículo 6 del TIAR que menciona que puede haber agresiones no
armadas a un país miembro. en cuyo caso, no es que se conforma en consecuencia la
Fuerza Interamericana como quieren los demandantes, sino que, el asunto se
envía al Órgano de Consulta para que este decida qué hacer. Pasan entonces a
referirse a una “Declaración sobre Seguridad en las Américas” aprobada por la
OEA en 2003 para dar otro salto argumental sin continuidad lógica y concluir
que “Por tanto, para que el continente americano y Venezuela puedan restablecer
la paz, la seguridad y la normalización de la democracia, la activación del
TIAR es indispensable”. Con el debido
respeto, no siendo abogado, me atrevo a presentar mi punto de que en un texto jurídico
de demanda no deben aparecer tomas de posición y opiniones sin sustento en los
hechos o en los documentos legales de referencia pertinentes.
Otro
aspecto es que las relaciones exteriores de la Nación le corresponden al Poder
Ejecutivo y en este caso que estamos viviendo, el presidente de la Asamblea es
el presidente encargado de la República por lo que la Asamblea no tiene otro
camino que aceptar la conducción del tema por parte de Guaidó quien, en todo
caso, debe tener razones para haber retrasado el proceso de TIAR.
Así como
la Asamblea no tiene poderes ilimitados para imponer su criterio al resto de
Poderes Públicos (excepto, por supuesto, redactando y aprobando leyes
constitucionalmente), el Tribunal Supremo de Justicia tampoco puede a su
arbitrio dar instrucciones al resto de los Poderes. Por eso, lo que realmente piden
los demandantes al TSJ es que “exhorte” a la Asamblea a continuar el
proceso de aprobación del TIAR. A mi me parece que en ese sentido la demanda se
parece a cazar moscas con una escopeta. ¿Tanta redacción y tanta parafernalia
jurídica para terminar solo “exhortando” a la Asamblea? Con unos artículos de
prensa pidiéndole a Guaidó que apure el proceso bastaba. No puedo evitar ver
esto como sospechoso. ¡Sorry !
Para
evitar malas interpretaciones, quiero dejar claro que deseo con toda mi alma el
final del régimen de Maduro. Nunca, jamás, apoyé al chavismo. Desde 1992 sufro
con la mera presencia de esas fuerzas populistas y comunistas destructoras que
me han quitado mi país. Sin embargo, lucho por mantener mi mente clara para
informarme y reflexionar sobre las realidades que están desarrollándose y con
la ayuda de la historia, acercarme a vislumbrar el camino que debemos tomar. No
pretendo tener la solución a nuestra tragedia, pero si exijo que las posiciones
que tome la gente, en especial mis amigos, no sean, en lo posible, resultado de
emociones del momento.
Uno de los autores de
la demanda que estamos aquí revisando dice en su perfil de Tweeter: “Lucho
por una Venezuela libre de socialismo, NO me calo el populismo.” ¿se habrá
dado cuenta de que su demanda es un ejemplar genuino de populismo? De todos modos, los autores no son los únicos
que están demostrando cierta pérdida de lucidez debida quizá a la desesperación
que causa la persistencia del régimen. El problema no es que la demanda sea o
bien declarada sin lugar o que la sentencia llegue a destiempo después que la
AN haya efectuado la segunda discusión. El problema es que su propia
presentación al TSJ daña la única fuerza política que tenemos los demócratas venezolanos
liderizada por Guaidó porque le da la imagen ante tanta gente que no lee, ni
piensa, de que es blandengue y que le da miedo pedir la intervención militar extranjera.
Una intervención que no habrá, que no existe y que el mundo entero rechaza.
En estos dias en que
hemos confirmado el estado de deterioro o mejor de debacle de la Fuerza Armada venezolana
es difícil argumentar que hay que traer una fuerza extranjera para que los
termine de aplastar. No creo que eso sea necesario. Con tener paciencia basta.
Parma, 4 de julio 2019